Para la garantía de los derechos de todas las personas es necesario que el poder no esté concentrado en una sola persona y se garantice la independencia de todos ellos. Con esta teoría, Montesquieu desarrolló su teoría de la separación de poderes, teoría que ha sido acogida por gran parte de los sistemas democráticos, pero en ciertos países, su desarrollo ha dejado mucho que desear de forma que únicamente se va cumpliendo la separación de poderes estructuralmente, pues profundamente no se respeta lo más mínimo.
Así, por la separación de poderes se debería entender que coexisten un poder legislativo, que se ocupa de desarrollar y aprobar cada una de las leyes; un poder ejecutivo, que se encarga de ejecutar lo legislado y juzgado; y un poder judicial, que entre sus funciones sobresale la de juzgar a las personas que cometen infracciones legales.
A partir de esas premisas básicas, podemos analizar el sistema constitucional de elección de los miembros de cada uno de esos poderes.
El poder Ejecutivo. El jefe del ejecutivo, Presidente del Gobierno, tiene un complejo sistema de elección. Primero se celebran unas elecciones como sistema democrático, después se vota su programa político en el Parlamento, previa consulta con el Rey y finalmente es nombrado por el Rey. Que se cumplan todos y cada uno de estos requisitos no es asunto nuestro, pues este poder es el que de momento si tiene garantizada su independencia de los otros poderes, tanto que tienen unas determinadas garantías específicas para todos los miembros del ejecutivo que en ocasiones pueden ser desmesuradas, pero hay que respetarlas pues, en un principio, son las personas que provienen de una votación popular. Ahora bien, también es cierto que el nombramiento de los adjuntos al Jefe, en la gran mayoría de las ocasiones son designaciones a “dedo” y ello puede provocar cierto malestar, pues consiste en poner una cabeza visible en representación de una determinada cartera que nos es nada más que una parte de la vida que nos ocupa, una parte de los servicios que se pueden prestar al ciudadano y que puedan ser sujetos a una cierta problemática societaria. No es el momento ni el lugar de criticar cada uno de los Ministerios, ni sus ocupaciones ni a sus ministros. Históricamente, este tipo de poder ha sufrido determinadas variaciones, pero desde la existencia de la separación, siempre se ha intentado garantizar en cierto modo el sistema democrático de elección y el modo de elegir al Jefe de Gobierno variará en función de cada país.
El poder Legislativo. Este poder se ha ido otorgando al Parlamento o a las Cortes, como quieran llamarlo, pues ello dependerá del país en dónde nos encontremos. Los miembros son el resultado de las elecciones al presidente del gobierno, pues a la vez en esas elecciones lo que se eligen es, al menos aquí, un deteminado grupo de personas que representan unos determinados ideales en su correspondiente partido político y que presentan a los ciudadanos su programa político para el siguiente periodo de legislatura. Ahora bien, podemos interpretar que esos miembros tienen los conocimientos necesarios para poder dictar leyes, no voy a analizar cada uno de los casos ni cada uno de las personas, pero desde mi punto de vista, considero que si una persona se ha de encargar de dictar unas determinadas leyes, debe conocer al menos el sistema legal y lo que puede llegar a decir cada una de esas leyes, en caso contrario estamos condenando el sistema legal a una operación por una persona sin los conocimientos adecuados y necesarios para ella. El resultado, todos los sabemos: unas leyes mal elaboradas, de poca duración y que en consecuencia provocan dolores de cabeza a quienes deben aplicarlas: ciudadanos y los miembros del poder judicial.
Y pasamos al poder judicial, que analizaré en exclusiva el español, la alma de caridad judicial mundial y si no que se lo pregunten a Garzón. Este poder tiene como característica la independencia de todos los poderes anteriores, ahora bien, cómo podría garantizarse su independencia si los miembros de su gobierno son elegidos por el poder ejecutivo y el legislativo? Creo que el gobierno debe ser elegido por quienes deben ser gobernados, por lo tanto, esa junta de gobierno debe ser elegida por todos y cada uno de los miembros judiciales y no a propuesta del resto de poderes, pues ello rompería esta equilibrio que ha dado y que en muchos países está dando la separación de poderes.
Analizado cada una de las definiciones es el momento de preguntarnos si, aquí, se garantiza cada las garantías de la separación de poderes y es cuando entramos en el diálogo político. Un muy buen amigo diría, “...y con la política hemos topao”. Si tiene gracia, pues nos encontraríamos en medio de una batalla campal dialéctica tirándose piedras los unos a los otros. Actualmente, unos por intentar a acusar a otros de corrupción y de compra judicial; y los otros que acusan a unos por corrupción y vulneración de la separación de poderes. Cómo es posible que hallamos caido en todo esto, algunos políticos mandarían realizar un estudio pagando una fortuna para ello, otros, no harían nada o dirían que no es una cuestión para su causa o que no les conviene que todo ello se conozca o que se tiene que hacer lo que yo digo. Esas ansias de poder, esa avaricia, esa constante contaminante del poder y sistema político es el gran veneno que provoca cierto malestar social, la gran ignorancia de la juventud sobre asuntos que les conciernen pero que no les importa y, en definitiva y en resumen, el gran desinterés ciudadano por la política, lo que, en consecuencia, puede hacer caer el sistema democrático instaurado.
