miércoles, 11 de febrero de 2009

Sobre el aborto....

Queridos amig@s,

En esta noche quería dedicar unas lineas para abrir un diálogo de un tema que nos ofusca, y que algunos intentan dividirnos. Ese asunto es sobre el aborto.
Antiguamente, según las convicciones religiosas, el aborto era considerado como "malo" y, debido al papel secundario que tenía la mujer en épocas antiguas (desgraciadamente no tan remotas) se daba preferencia al feto o persona que iba a nacer (vamos a llamarlo nasciturus) que a la propia vida de la mujer.
Esta concepción se ha ido suavizando y, a pesar de que algunos la mantienen, creo que se ha ido poco a poco centralizando y se ha generalizado el aborto hasta el punto que se pide su despenalización. El otro día, leí dos artículos de opinión referente al aborto: uno solicitada su legalización sin condiciones, el otro pedía una regulación eficaz. 
Pues bien, actualmente, los españoles tenemos legalizado en parte el aborto. A pesar de que en la regulación actual del Código Penal Español de 1995 regule el delito de aborto, es en el Código Penal anterior, el de 1973, en el articulo 417 bis (no derogado) en dónde se establece las causas no punibles del aborto. Para conocimiento general, las causas que permiten la no tipificación del delito de aborto son:

1º Que exista un grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la embarazada.
2º Que el embarazo sea consecuencia de una violación.
3º Que el feto vaya a nacer con graves taras físicas o psíquicas.

Así, en todo caso se está protegiendo la vida de la mujer embarazada lo que junto a la tipificación de la falta de consentimiento o consentimiento viciado para practicar el aborto ofrecen una protección ejemplar a la propia interesada.
Cierto es que fuera de todos estos supuestos legales, el aborto es ilegal, pero sinceramente, existe alguna otra causa que justifique una violación?
Me comentaron el tema de los embarazos prematuros o no deseados. Yo a esos, no les practicaría el aborto, porque han sido fruto de un descontrol, de una mala educación sexual o de un riesgo corrido voluntariamente por las partes implicadas.
Por lo tanto, creo que No debería destipificarase el aborto fuera de esos supuestos o alguna otra causa legal, como por ejemplo, se me ocurre el hecho de que la mujer embarazada haya sido víctima de un delito o falta de violencia de género por parte de la persona que la dejó embarazada. En este caso, ciertamente, lo vería en cierto modo como algo justificado, por lo que lo añadiría junto a ese articulo del Código Penal de 1973 en una nueva regulación en el de 1995. Porque no queremos y no es necesario el realizar una Ley del Aborto, porque es innecesaria en nuestro sistema y en cierto modo dejaría en evidencia ciertos artículos del Código Penal. Porque ante un supuesto preferimos suprimirlo o aceptarlo en vez de buscar otras alternativas. Ante el aborto, en vez de coger y despenalizarlo sería conveniente incentivar la educación sexual, la utilización de métodos anticonceptivos e incluso se podría abrir una nueva línea de investigación con la finalidad de buscar métodos anticonceptivos más eficaces, tanto para hombres, como para mujeres.
Los que están a favor de esa regulación me dicen que la sociedad la necesita, la pide; pero, realmente tienen conocimiento de las repercusiones que ello puede conllevar? No solamente en lo que refiere a la tasa de natalidad, sino a la innecesariedad de que el aborto se practique en los centros médicos autorizados, con unas instalaciones adecuadas, garantizando unas mínimas condiciones de seguridad e higiene, por personal especializado y siempre, con el consentimiento de la mujer. Eso es lo que tipifica el delito del aborto, cuando no se dan ninguna de esas condiciones, siempre que se practique con los requisitos legales ya citados.
Esa seguridad para la mujer corre un grave peligro si algún día se llega a despenalizar el delito de aborto, porque dejará de haber esa protección y esa tipificidad en cuanto a responsabilidad.
Para acabar, siempre que hablo del aborto me acuerdo de supuesto de hecho real en que la mujer se quedó estéril por querer abortar en un centro no autorizado y bajo la supervisión de un médico no especialista. En este caso, se derivaron responsabilidades para el médico, pero la mujer, por querer abortar, se quedó sin poder tener hijos naturales. En fin, cada uno con su cuerpo que haga lo que quiera, pero yo si fuera mujer, me lo pensaría dos veces antes de mantener relaciones sexuales.

1 comentario:

Unknown dijo...

A España en el ciberespacio hispanohablante se le conoce como "el País de los Trogloditas" por su salvajismo antifetal.

Si en verdad quisieran POR LO MENOS respetar unos plazos, entonces a toda embarazada el médico le extendería un Certificado de fecha límite para abortar. Por ejemplo, si el embarazo empezó el 23 de julio, entonces podría abortar hasta el 23 de octubre. El 24 ya le caerían cinco años de prisión.