martes, 30 de diciembre de 2008

Sobre la violencia sobre la mujer...

Continuando con mi anterior exposición, en este asunto he querido ahondar un poco más y meter el dedo directamente en la llaga y, sabiendo que mucha gente estará en mi contra, quiero realizar una pequeña crítica constructiva a la regulación legal sobre violencia doméstica y sobre violencia sobre la mujer.
Antes que nada quiero manifestar que estoy en contra de todo tipo de violencia, por lo que debe rechazarse, querido lector, toda opinión que pueda conllevar a una creencia de rechazo a la protección de los ciudadanos contra la violencia.
Realmente, el motivo de esta crítica es la pésima redacción legislativa. Tenemos una ley de violencia doméstica que protege a las personas con quienes hay una relación de afectividad o convivencia y la ley de protección integral sobre las mujeres, que además de crear un tribunal específico que entenderá de las acciones punibles, discrimina positivamente a las mujeres e impone sanciones algo más graves a sus actores.
Y digo yo: realmente es necesaria esta ley que discrimina positivamente a un colectivo y otorga un enjuiciamiento especial en atención al sujeto pasivo que padece tal acción típica penal? Muchas personas contestarían afirmativamente, manifestando que la mujer siempre ha estado discriminada y hasta hace muy poco se le han reconocido sus propios derechos.
Sobre esto quiero indicar, que, si bien es cierto que hubo un tiempo no muy lejano en el que la mujer, por circunstancias históricas, ha estado privada de sus derechos, en la actualidad, se está intentando corregir tal irregularidad de manera que poco a poco haya una completa equiparación de derechos. Pero la publicación de esa legislación es una aberración, pues intentando proteger a un colectivo se discrimina otro, y la cuestión alarmante viene cuando estamos tratando de derechos constitucionales de los individuos.
Verán, tenía una profesora que decía que las buenas leyes están hechas para durar en el tiempo, y la razón por la que considero que esta ley no está bien hecha, al igual que tantas otras que ya iremos comentando más adelante, es que para la protección de unos castigaremos más a otros, y para la protección de estos últimos? Pues nada, enjuiciamiento normal y "a correr". 
En vez de marear la perdiz y crear juzgados sin sentido, deberían ampliar los ya existentes (que son bastantes), simplificar el enjuiciamiento criminal mediante la promulgación de una nueva LECr (ya que la vigente es de 1882) y sobretodo, en materia de violencia doméstica, malos tratos, endurecer e igualar a los sujetos en condiciones de acuerdo un principio constitucional que hemos de tener todos presente: El principio de igualdad (14 CE - "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.")

Nota: Tengo presente que nuestro Tribunal Constitucional ha establecido excepciones a este principio de igualdad, permitiendo discriminación positiva. Ahora bien, entiendo que esa permisión deberá depender en cierta medida de cada supuesto de hecho, pero que no debería habilitarse para la creación de una ley que discrimina a las mujeres y les otorga un status de protección que podría suponer, en muchos supuestos, una vulneración de sus derechos mediante un abuso de los mismos.

Por cierto, ya que estamos hablando de la igualdad.... Si alguien le ve alguna utilidad al Ministerio de Igualdad creado por el Presidente que tenemos ahora que me lo diga, siempre y cuando sea diferente a la creencia que sólo supone más gastos para el Estado.

Saludos y hasta pronto.

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